A principios de mayo, el Ministerio Federal de Hacienda concretó el tratamiento fiscal de los eventos híbridos. Se trata de eventos que se ofrecen tanto de forma presencial como a través de retransmisiones en directo.
Si el acceso digital es una parte esencial de la entrada, en el futuro se considerará claramente que el lugar de prestación fiscal en los eventos B2B es el lugar donde se encuentra el destinatario del servicio. Esto modifica los requisitos de facturación y del impuesto sobre el valor añadido en función del país del participante.
Esto es relevante para las plataformas de venta de entradas, las conferencias internacionales y los organizadores de formatos híbridos. En el futuro, los sistemas de venta de entradas y de reservas deberán poder distinguir claramente entre entradas presenciales, online e híbridas para evitar riesgos fiscales.
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