A raíz de las recientes sentencias del Tribunal Federal de Trabajo, la semana pasada se volvió a aclarar que, en determinadas circunstancias, los turnos de guardia en eventos se consideran tiempo de trabajo. Esto afecta sobre todo a situaciones en las que los empleados deben estar listos para intervenir en un plazo de entre 15 y 20 minutos.
Precisamente en eventos con personal técnico o de servicio «de guardia», esta normativa tiene repercusiones directas en la planificación de turnos y la remuneración. Los tiempos de guardia deben tenerse en cuenta a la hora de calcular los tiempos de descanso y las normas sobre el tiempo de trabajo.
Esto afecta especialmente a las agencias de eventos, los proveedores de servicios técnicos y los planificadores de personal para eventos. En el caso de eventos de varios días, esto puede suponer un aumento de los costes de personal, ya que hay que planificar tiempos de descanso y remuneraciones adicionales.
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